El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Pontevedra ha confirmado la multa de 1.000 euros y la pérdida de seis puntos del carné de conducir que la Jefatura Provincial de Tráfico le impuso a un conductor por circular bajo los efectos de las drogas por la AP-9 el 16 de diciembre de 2018. El magistrado rechaza el recurso presentado por la persona sancionada, que alegó no haber consumido drogas y presentó como prueba el análisis de un pelo realizado por la Universidad de Santiago, cuyo resultado era negativo.
La Sentencia, que analiza en profundidad el análisis del cabello como prueba para determinar el consumo de drogas en los conductores, considera este análisis irrelevante en base a la declaración de tres especialistas e insta a utilizar pruebas de saliva y, sobre todo, análisis de sangre, método que considera el más fiable. La prueba capilar, indica el magistrado, “sirve para comprobar si una determinada persona es consumidora habitual de drogas, pero no permite constatar un consumo puntual, en un día aislado y determinado, si el sujeto no es toxicómano”.
En el caso analizado por la sentencia, el conductor dio positivo en cannabis con la prueba del drogotest en el momento que la policía detuvo su vehículo. Sin embargo, la Sentencia acredita que el conductor se negó a realizarse un contraanálisis de sangre. Una segunda muestra de saliva fue enviada a un laboratorio contratado por el Ministerio del Interior y arrojó un resultado positivo en cannabis y cocaína.
El conductor ha planteado que la multa que se le ha impuesto vulnera su presunción de inocencia y que la prueba realizada por encargo del ministerio no puede ser válida, al realizarse en un laboratorio privado y sin las debidas garantías de correcta conservación de la muestra, calibrado y homologación del salivómetro, la cadena de custodia de la muestra o la temperatura a la que se ha conservado.
En la Sentencia, el magistrado aclara la legalidad del sistema con el que funciona la Jefatura de Tráfico para analizar las muestras de saliva de los conductores en controles rutinarios y propone medidas de mejora. Por ello, recomienda en el texto remitir dos muestras de saliva al laboratorio en lugar de una, ya que los conductores podrían solicitar un segundo análisis de contraste al laboratorio. El juez destaca que se trata de la principal prueba de cargo contra los infractores, pues el resultado del análisis de saliva se comunica cuando ya no es posible acudir a la prueba de contraste del análisis de sangre.
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